Transferencia de Recursos al Gobierno Autónomo Descentralizado Parroquial Rural de la Esperanza, para el desarrollo del Proyecto: «Promoción turística de la parroquia de La Esperanza, cantón Ibarra», y en su parte pertinente concluye: «(…) Desde el punto de vista legal, la transferencia de recursos al GAD Parroquial de La Esperanza es plenamente procedente y está respaldada en la normativa vigente: el COOTAD (arts. 54 y 65) otorga a los GAD Parroquiales competencias directas en turismo, cultura e infraestructura comunitaria; el COPFP (arts. 136 y 141) regula la ejecución de presupuestos participativos mediante convenios de financiamiento; y la Ordenanza Provincial N.° 003-PCI-2024 habilita que los proyectos priorizados se ejecuten vía transferencia cuando exista justificación técnica y legal. En el ámbito económico, el proyecto dispone de viabilidad financiera garantizada, puesto que la inversión total de $66,617.64 proviene del Presupuesto Participativo 2025 del GAD Provincial de Imbabura, asignación que constituye una obligación legal de cumplimiento obligatorio. Dichos recursos están distribuidos en componentes específicos -esculturas monumentales (45.05%), adecuación de sitios (14.72%), placas informativas (3.75%) y pórticos publicitarios (36.48%)— lo que asegura una planificación equilibrada y transparente de la inversión, maximizando el impacto del gasto público en beneficio de la comunidad.
CONVENIO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL ENTRE EL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO PROVINCIAL DE IMBABURA Y EL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO PARROQUIAL RURAL DE LA ESPERANZA



